Uno de los últimos proyectos de Ley que ha pasado el visto bueno del Senado es el proyecto por el cual los trabajadores asalariados del Régimen Especial Agrario (en adelante, REA) se incorporan al Régimen General de la Seguridad Social.
Está previsto que la ley entre en vigor el 1 de enero de 2012, con un período transitorio del 2013 al 2031, posibilitando una equiparación gradual con las cotizaciones a la Seguridad Social, sin perjudicar la competitividad de las explotaciones agrarias.
¿Qué significa para los trabajadores del REA esta inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social? Pues, se equiparan al resto de personas asalariadas que trabajan por cuenta ajena, es decir, a partir de la entrada en vigor de dicha ley los trabajadores del campo pasarán a recibir las mismas prestaciones de la Seguridad Social que las que reciben los trabajadores asalariados. Por consiguiente, desaparecen las bases tarifadas de contratación y se cotizará según los salarios abonados.
Asimismo, para el trabajador del campo supone que, tanto en los períodos dentro de los cuales realicen sus actividades agrarias como en los períodos de inactividad, estará incluido en el Régimen General, siempre y cuando haya realizado, como mínimo, 30 jornadas en un período continuado de 365 días.
Puesto que hay que diferenciar entre los períodos de actividad y los de inactividad en relación a la retribución, la ley establece una diferenciación entre éstos para fijar las bases de cotización.
En los períodos de actividad, las bases de cotización, tanto mensuales como diarias, se determinarán igual que en el Régimen General. Sin embargo, para los períodos de inactividad, los trabajadores del REA cotizarán por la base mínima del Grupo 7, que es el grupo más bajo de cotización, siempre según una fórmula que se debe establecer legalmente.
Para facilitar las altas de los trabajadores, el empresario lo puede hacer hasta las 12 horas del día del inicio de la actividad del trabajador.
En los últimos tiempos, el Gobierno ha estado intentado hacer una reforma laboral para equiparar diversos colectivos que, históricamente, quedaban fuera de la cotización por el Régimen General de la Seguridad Social, como el Régimen Económico Agrario o el colectivo de Abogados.
Para poner un ejemplo, a día de hoy, los mineros cotizan a través del Régimen Especial de la Minería del Carbón. Es otro colectivo el cuál debería regirse por el Régimen General, puesto que trabajan por cuenta ajena, con numerosos peligros y deberían recibir la máxima protección por la Seguridad Social.
¿Por qué esta tardanza con el REA? Teniendo en cuenta la multitud de fraudes que los empresarios de los trabajadores del campo realizaban, cuesta creer que se haya tardado tanto tiempo en regularizar la situación. Con esta reforma, los trabajadores del régimen agrario ganan en más seguridad en el empleo, obteniendo las mismas prestaciones de la Seguridad Social que el resto de trabajadores por cuenta ajena, ya que los trabajadores del campo también deben ser considerados asalariados puesto que trabajan por cuenta del empresario.
¿Ventajas y desventajas? los trabajadores son los mayores beneficiados de esta reforma al poder cotizar por el Régimen General. Podrán tener mejores prestaciones que las que tenían cotizando por el Régimen Especial Agrario. La integración de los trabajadores agrarios por cuenta ajena supone abrir un nuevo marco en las relaciones laborales que favorecerá los ingresos del sistema público de Seguridad Social y permitirá proteger más y mejor a los trabajadores
No obstante, hay muchas posibilidades que los fraudes continúen en relación a la contratación de estos trabajadores por parte de los empresarios y, hay probabilidades de que los mismos, decidan utilizar, por ejemplo, extranjeros sin contrato para poder hacer el trabajo que anteriormente hacían los trabajadores del campo regulados. Es decir, aumentará la economía sumergida que el Gobierno pretendía evitar con la aprobación hace unos meses de la Ley para luchar contra este tipo de economía. Por tanto, más que nunca la Inspección de Trabajo debe hacer una labor ímproba para evitar dichas situaciones.