La última propuesta en materia laboral pasa por aplicar los “mini empleos”, una figura que está instaurada en Alemania.
¿En qué consiste un mini empleo? Es un tipo de contrato con una remuneración no superior a los 400 euros. Los trabajadores bajo esta modalidad no pagan impuestos por sus ingresos, cotizando igualmente a la Seguridad Social, a cargo del empleador. Concretamente, el empresario cotiza un 30 % a la Seguridad Social (13% en seguro sanitario, un 15 % destinado a la pensión y un 2% en impuestos).
Esta contratación se creó en Alemania a mediados de los años 90 a fin de frenar el creciente desempleo derivado de la integración de las “dos Alemanias”. Se decidió que fuera dirigido a dos grupos: los jóvenes sin cualificación y los parados de larga duración sin demasiada formación.
Posteriormente, el abanico de posibilidades aumentó, pudiendo optar por esta contratación aquellas personas que ya estuvieran trabajando y necesitarán o quisieran completar su remuneración con un mini empleo así como los pensionistas o amas de casa.
Sin embargo, este tipo de contrato ha sido cuestionado, incluso, por las autoridades alemanas puesto que consideran que una persona con un mini empleo difícilmente podrá optar por un puesto de trabajo regular, creando un problema a futuro ya que, a causa de las bajas cotizaciones, este tipo de trabajadores no recibirán una pensión que les permita vivir por lo que tendrá que solicitar pensiones no contributivas.
Este tipo de contratación puede dar la sensación para algunos que es similar al Real Decreto que regula las prácticas no laborales pero entrando en el fondo podemos ver que no es así.
Las prácticas no laborales van destinadas a personas jóvenes de entre 18 y 25 años, con la posibilidad que, a la finalización de estas prácticas cuya duración nunca puede ser superior a nueve meses y siempre para jóvenes que no hayan tenido una relación laboral previa superior a tres meses, el trabajador tiene la posibilidad de ser contratado.
Con los mini empleos, el trabajador no tiene una posibilidad real de ser contratado en la empresa puesto que no hay una duración máxima de ésta (tomando como marco de referencia la legislación alemana).
Asimismo, tampoco va dirigido específicamente a un sector de la población y a una edad determinada sino que, realmente, a estos mini empleos puede acceder toda la población española, desde los jóvenes con escasa formación pasando por las amas de casa hasta los parados. Actualmente, tal y como la crisis ha afectado a la población española, estos colectivos abarcan más de la mitad de los españoles.
Evidentemente, con trabajadores empleados en mini empleos, los empleadores no tendrán necesidad de contratar bajo modalidades más estables como el contrato indefinido, pudiendo ahorrarse dinero, pagando unos sueldos inferiores y cotizan menos.
A corto plazo, esto se traducirá en una pérdida mayor de poder adquisitivo mientras que, a largo plazo, afectará gravemente a la economía puesto que los españoles no podrán consumir tanto como antes. Así pues, no queda muy claro que los mini empleos sea una solución para luchar contra el desempleo y contra la crisis, sobre todo, contra el desempleo y la precariedad de los jóvenes.