La última de las reformas aprobadas por el Gobierno ha sido el Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral.
Algunas de las principales características: se regula por primera vez el trabajo a distancia; disminución generalizada de la indemnización por despido improcedente; el cálculo del absentismo laboral no tomará como referente al global de la plantilla sino del trabajador concreto –esto abre la vía no a controlar el absentismo sino a impedir que el trabajador se ponga enfermo por el miedo a ser despedido y como colofón de fondo arrastrará un mayor clima social enrarecido en la empresa y trabajadores más desmotivados y aquejados de cuadros psicológicos.
Se crea un nuevo contrato indefinido para Pymes y Autónomos de menos de 50 trabajadores, con un período de prueba de un año así como hay que destacar que se modifica el artículo 41, relativo a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en el sentido que ahora el salario también podrá ser modificado.
¿Qué ha pasado para que hace unos meses el Partido Popular afirmara que nunca reduciría la indemnización por despido improcedente y en el momento de llegar al poder ha sido una de las primeras cosas que ha hecho?
Siguiendo con el listado de atropellos: han modificado la actual redacción del artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores, que anteriormente establecía que el trabajador despedido improcedentemente le correspondía una indemnización de 45 días de salario por año trabajo, con un máximo de 42 mensualidades, mientras que ahora se regula de la siguiente forma: “Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades. El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.” Por tanto, esta nueva reforma laboral facilita el despido por parte de las empresas, en tanto en cuanto se abarata el mismo así como la misma reforma elimina la autorización administrativa para los expedientes de Regulación de Empleo (ERE).
En un momento en que se necesita crear empleo, ¿el abaratamiento y la mayor facilidad para acceder al despido por parte de los empresarios es la mejor fórmula para la creación del mismo? Por lo general, facilitar el despido conlleva más paro puesto que los empresarios se encuentran con menos dificultades para utilizarlo -pudiendo ahora incluso alegar bajas justificadas del trabajador para poder despedirlo con una menor indemnización. Y no justifica el posible aumento de la contratación, ya que el empresario que no pueda permitirse contratar no lo va a hacer por el mero hecho de ser más barato despedir.
La clave para el crecimiento económico y, por tanto, para la creación del empleo no pasa por una reforma laboral esquilmadora de los derechos laborales, y beneficiando al empresario de forma unilateral. Así, la discrecionalidad del empresario en la negociación colectiva desarticula la defensa de los trabajadores y el papel constitucional de los sindicatos en el orden laboral.
Para que un país crezca, se necesita, entre otras cosas, que la economía fluya, que la oferta y la demanda se equilibren y esto no se puede conseguir si los ciudadanos ven disminuir considerablemente su poder adquisitivo hasta el punto que puedan quedarse sin trabajo. Esta reforma se traduciría en que la oferta disminuiría y con esto la demanda también, ralentizando por una parte el crecimiento económico de España.
Otra modificación a destacar –aunque en este caso sí es beneficiosa para la salud de los trabajadores- es la del artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores que se modifica por la Disposición final primera, estableciendo que “En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.” Por tanto, cuando un trabajador se enferme durante el disfrute de sus vacaciones podrá disfrutarlas en un momento posterior siempre que el tiempo transcurrido no sea superior a 18 meses desde el final del año que se hayan producido.
Esta modificación en materia de incapacidad temporal durante las vacaciones se acerca a la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y al voto discrepante del Tribunal Supremo dado en una sentencia de 2009 que se pronunciaba a favor de que las vacaciones que coincidían con una incapacidad temporal sobrevenida, por parte del trabajador que las estaba disfrutando, se podrían realizar en otro período, una vez finalizada la causa que daba lugar a la baja. Por tanto, con esta reforma, el Gobierno se quiere acercar a la doctrina europea en materia de vacaciones y sienta las bases para que el Tribunal Supremo rectifique su postura motu proprio.
La CEOE cree que la reforma laboral puede crear empleo si el crecimiento económico se sitúa alrededor del 1 %, mientras que, lógicamente, los sindicatos no ven que con la misma se vaya a reducir el paro, sino que posiblemente aumente. Los sindicatos mayoritarios han subrayado que esta reforma se ha realizado sin negociar con los ellos, amenazando con una huelga general si no se negocian algunos cambios de la reforma laboral.
Por otro lado, la movilización ciudadana y sindical ha sido escasa, como suele ser bastante habitual en este país, en comparación con la envergadura y los cambios más importantes que se han producido a raíz de esta reforma. Se han producido pero no tan frecuentes como debería haber sido.
¿Por qué esta escasa iniciativa por parte de la ciudadanía de hacer oír su rechazo hacia la reforma laboral? El principal factor a tener en cuenta es el desencanto generalizado de los españoles hacia nuestros políticos y la nula percepción que tienen del protagonismo que tienen los sindicatos a la hora de evitar que sus derechos laborales sean vapuleados y el entender que movilizarse no sirve para cambiar la situación.
En conclusión: es claro que esta reforma laboral pretende acerca España a la legislación que prima en Europa -un ejemplo de ello es la regulación de las vacaciones, pudiendo el trabajador disfrutarlas en otro momento si cae enfermo, acercándose, por tanto, a la doctrina europea en dicha materia -sin embargo, no toda la reforma favorece al trabajador puesto que ahora está sujeto a una indemnización por despido improcedente más baja, a una extensión de las causas que justifican un despido procedente y a una mayor flexibilidad para acceder a este, así como a la posibilidad de reducción de sueldo por pérdidas de la empresa. A corto y largo plazo, no parece que vaya a ser la solución para los millones de parados de este país y para evitar el aumento de éstos.
Además de la desestabilización que produce en las relaciones laborales esta reforma, hay rasgos patentes de inconstitucionalidad: en cuanto al papel social que la Constitución Española reserva en su art. 7 para los sindicatos; el de expediente de regulación de empleo que elimina el único arbitraje obligatorio -la autoridad laboral- incluso la normativa Internacional como el Convenio 158 de la OIT.
La gran brecha laboral que abre esa reforma es tan profunda que no es por menos que detestable ab initio ya que no ha contado con los representantes sociales para llegar a un consenso en la materia.
Aunque la reforma llevada a cabo comparte con las del PSOE las irregularidades en las formas, la justificación y las perversiones de fondo y que se está utilizando como colchón de la crisis financiera y el modelo de producción a los trabajadores y trabajadoras de este País y eso es del todo inasumible. Por otro lado, ya no se puede precarizar más a los trabajadores en precarios ¿o sí? Con la política desbocada que el nuevo Gobierno ha asumido podemos esperar mayores mutilaciones sociales en cualquier momento.